TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA: ¿OBLIGACIÓN O SIMULACIÓN EN MÉXICO?
- .
- 3 ago 2025
- 2 Min. de lectura

EDITORIAL
En México, la transparencia y la rendición de cuentas son principios fundamentales del servicio público.
Sin embargo, en muchos municipios, estos valores se ven opacados por prácticas corruptas.
Es común observar cómo algunos presidentes municipales, apenas asumen el cargo, comienzan a exhibir enriquecimientos de la noche a la mañana que no corresponden realmente a sus ingresos oficiales, con la adquisición de camionetas de lujo, ranchos ganaderos y huertas nogaleras, uno que otro viaje soñado y otros derroches que sus salarios no podrían justificarlos.
En ese sentido, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación, establece en su artículo 1 que es reglamentaria del artículo 6º constitucional.
La finalidad es garantizar el derecho humano al acceso a la información y promover la transparencia y rendición de cuentas en todos los niveles de gobierno, incluyendo los municipios.
Por su parte, la Ley General de Responsabilidades Administrativas obliga a todos los servidores públicos, incluidos los presidentes municipales, a presentar tres tipos de declaraciones patrimoniales: Inicial, Modificación Anual y Conclusión.
Estas deben realizarse a través del Sistema DeclarNet y desde 2020, los datos ya no pueden reservarse arbitrariamente. El artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que la información es pública, salvo datos personales sensibles.
A pesar de estas obligaciones, los casos de enriquecimiento inexplicable siguen en aumento.
En algunas entidades del país, una cantidad no determinada de ex presidentes municipales han sido vinculados a procesos por esquemas de corrupción en la modalidad de desvíos por cientos de millones de pesos mediante empresas fachada y contratos simulados.
La rendición de cuenta implica más que llenar formularios: exige que los funcionarios justifiquen sus ingresos, sus gastos y su lujoso estilo de vida.
Es de sobra conocido que la transparencia en los municipios determina la confianza ciudadana y fomenta el cumplimiento fiscal.
Por ello, el artículo 70 de la Ley General de Transparencia establece que los municipios deben poner a disposición del público información actualizada sobre programas, nómina, finanzas y contrataciones.
Sin embargo, muchos ayuntamientos incumplen esta obligación, dificultan el acceso de ciudadanos interesados en conocer el gasto público y favorecen así a la opacidad.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ha reiterado que la omisión en la presentación de declaraciones patrimoniales constituye una falta administrativa grave, sancionable conforme a derecho.
En algunos otros estados del país, se han ventilado casos de servidores públicos que son investigados y cesados por el solo hecho de ocultar su patrimonio.
Y el problema no es exclusivo de los municipios pequeños, también se han presentado en las ciudades capitales, lo cual demuestra que pese a los controles anticorrupción, esta mala práctica se puede infiltrar en cualquier nivel de gobierno.
Cuál es el papel de la ciudadanía en todo esto?, pues si no lo sabían es clave en este proceso: exigir transparencia, consultar las plataformas públicas de las declaraciones patrimoniales y denunciar irregularidades, no solamente es un deber cívico sino que fortalece el Estado de Derecho.






Comentarios